Curso Prerrequisito(s)
- Por favor, tenga en cuenta que este curso tiene los siguientes requisitos previos que debe ser completado antes de que se pueda acceder
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2.- Curso sobre la Igualdad Salarial entre Mujeres y Hombres
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1.- Curso sobre la PREVENCIÓN y el ACOSO LABORAL Acuerdo Ministerial MDT-2025-102
Acerca de este curso
En este curso vamos a comprender por qué hablar de igualdad por edad y prevención de la discriminación laboral no es una tendencia moderna, sino una necesidad jurídica, ética y humana. El objetivo de este curso es que entendamos cómo la edad jamás debe ser un obstáculo para trabajar, formarse o crecer profesionalmente, y que aprendamos a identificar los sesgos que muchas veces se esconden en frases cotidianas, en formularios de selección o incluso en los comentarios de oficina.
La Constitución del Ecuador, en su artículo 11 numeral 2, establece que “todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades. Nadie podrá ser discriminado por razones de edad.” Esto significa que ninguna empresa puede excluir o limitar a alguien por su edad, y que todos los procesos de selección, promoción y capacitación deben basarse en competencias y méritos.
El artículo 33 añade que “el trabajo es un derecho y un deber social, y una fuente de realización personal”, lo cual implica que el acceso y la permanencia en el empleo no dependen de la edad, sino de la capacidad y del deseo de contribuir.
Además, el artículo 326 numeral 2 refuerza que el trabajo debe desarrollarse en condiciones de dignidad, seguridad y respeto al principio de igualdad. Estas tres disposiciones conforman el pilar del derecho laboral moderno: el trabajo digno es incompatible con cualquier forma de exclusión.
En el ámbito internacional, el Convenio 111 de la OIT prohíbe toda distinción que anule la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo. Y el Convenio 190, sobre violencia y acoso, reconoce el derecho de toda persona a un entorno de trabajo libre de violencia y acoso, lo cual incluye las bromas, humillaciones o marginaciones por edad.
La Convención Interamericana sobre los Derechos Humanos de las Personas Mayores complementa este marco: su artículo 18 obliga a los Estados a promover la empleabilidad de las personas mayores y a garantizar su participación en la economía. La edad, por tanto, no debe verse como un límite, sino como un valor social.
Las empresas que aplican estos principios obtienen beneficios medibles: menor rotación, mejor clima organizacional, innovación y lealtad. En los equipos donde se combinan generaciones, florecen la creatividad y la resiliencia.
💬 Recuerda: la edad no mide el talento, mide la historia de quien sigue aportando.
Contenido del curso
MÓDULO 1: Historia, conceptos y por qué importan
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LECCIÓN 1.1: IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN POR EDAD
06:41 -
LECCIÓN 1.2: DISCRIMINACIÓN DIRECTA E INDIRECTA; VIOLENCIA Y ACOSO POR EDAD
06:43
MÓDULO 2: Amparo legal y entes rectores
MÓDULO 3 · Responsabilidades y roles dentro de la empresa
MÓDULO 4: Medidas concretas que la empresa debe implementar
MÓDULO 5: Denuncia, protección y mejora continua
CONCLUSIONES GENERALES
BIBLIOTECA DIGITAL
BANCO DE PREGUNTAS
TEST DE CONOCIMIENTO
Certificado Incluido
Avalado por el Colegio de Mediadores Profesionales del Ecuador COMEPRO ECUADOR